Convivientes de víctimas mortales por accidentes de tránsito serán indemnizados por el soat

La Adjunta para los Servicios Públicos Alicia Abanto Cabanillas, destacó que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) decidiera modificar el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito (SOAT), para incluir como beneficiarios a los convivientes de las víctimas mortales.

“Ahora será posible que los convivientes que cuenten con la constancia de unión de hecho emitida por la SUNARP, soliciten el pago de indemnización por el fallecimiento de su pareja como consecuencia de un accidente de tránsito”, explicó la funcionaria, tras indicar que esta medida atiende una recomendación contenida en el Informe Defensorial Nº 159: “Balance Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito: Propuestas para una atención adecuada a las víctimas”.

Abanto resaltó que el MTC precisara en el mencionado reglamento, que el término “vehículo en reposo” corresponde a aquel que se encuentra detenido o estacionado en vías de uso público, permitiendo así que todas las víctimas de accidentes de tránsito de un vehículo de estas características –en los términos que ahora precisa la norma- estarán cubiertas con la póliza del SOAT.

Adicionalmente, saludó la disposición de que lo recaudado a partir de las multas que imponen las municipalidades provinciales y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) por infracciones vinculadas al SOAT y al CAT, sea transferido al Fondo de Compensación para atender a las víctimas que quedan en desamparo cuando los vehículos causantes del accidente no pueden ser identificados por haberse dado a la fuga.

“Consideramos que estos cambios normativos constituyen un paso más de las instituciones hacia la protección efectiva de los derechos de las víctimas de accidentes de tránsito, puesto que procuran su adecuada atención”, enfatizó la funcionaria.